Creo que es importante comenzar con una diferenciación semántica entre dos conceptos que atañen a la mujer, no pocas veces confundidos e identificados como similares o sinónimos. Me refiero a la “violencia de género” y a la “violencia doméstica”.

La violencia doméstica se produce en el hogar y la puede ejercer o sufrir cualquiera de los miembros de la unidad familiar. Ahora bien, la violencia de género es aquélla que se produce contra la mujer por el hecho de “ser mujer”, tanto dentro como fuera de casa, en cualquier ámbito de su vida privada o pública.

Si bien es cierto que las cifras nos pueden ayudar a comprender  la dimensión del problema, no puedo evitar sentir cierto rechazo hacia la frialdad de la estadística. Ninguna mujer víctima de violencia de género y, en concreto, con una discapacidad mental, puede quedar reducida a un simple número.

Son muchas las barreras con lo que se encuentra una mujer con discapacidad mental víctima de violencia de género.
Son muchas las barreras con lo que se encuentra una mujer con discapacidad mental víctima de violencia de género.

No deberían existir estas estadísticas, porque nuestra obligación como sociedad, es poner en marcha los medios existentes para evitar el ejercicio de cualquier tipo de violencia sobre una mujer por el mero hecho de “ser mujer”.

Mujer con discapacidad mental o intelectual

Sin ánimo de demagogia, es sabido el hecho de que cualquier mujer con discapacidad víctima de violencia de género tiene por delante un escenario mucho más complicado, máxime si se trata de mujeres con una discapacidad intelectual o mental. Pero centraré mis esfuerzos, en este artículo, en denunciar todos los “palos en la rueda” con lo que se encuentra una mujer con discapacidad mental víctima de violencia de género.

Hablamos tanto de barreras internas como externas que dificultan el reconocimiento de la situación de violencia de género y la salida de esta situación. Por un lado, actúan como barreras internas, la culpa y la vergüenza de las víctimas y la minimización o justificación del comportamiento del agresor por parte de las víctimas; creo que estas barreras son intrínsecas a todas las mujeres víctimas de violencia de género, aunque si le añadimos problemas de salud mental, la situación se puede agravar.

Barreras externas

Ahora bien, por otro lado, existen las barreras externas que adquieren mayor relevancia en el caso de las mujeres con una discapacidad mental:

  • La falta de credibilidad que se concede a su relato cuando verbalizan una situación de violencia, llegando a atribuirse tal relato a la ideación producto de su propia enfermedad mental ¿Por qué prejuzgamos que el relato de cualquier situación por parte de una mujer que padece un trastorno mental es fruto de su delirio o padecimiento, sin permitirnos un mínimo margen y tiempo de escucha efectiva, entendimiento real y análisis de todos los elementos antes de prejuzgar la falsedad del relato? ¿Actuaríamos así con una mujer víctima de violencia de género que no padece una discapacidad y, en concreto, una discapacidad mental o intelectual? La respuesta es meridiana: NO
  • El juicio que reciben cuando verbalizan una situación de violencia, si es que se les llega a dar credibilidad, al culparlas de la situación que viven por su propia discapacidad.
  • La multitud de barreras que una vez iniciado el procedimiento policial y, posteriormente, judicial con que nos encontramos. No podemos exigir que este tipo de víctimas, e incluso ninguna, tengan que repetir el relato de los hechos una y otra vez a distintas personas, por varios motivos: el sufrimiento reiterado al que se les somete, la posibilidad de contradicciones en el relato debido su vulnerabilidad e, incluso, el desistimiento por parte de la víctima en la defensa de sus derechos.

La figura del facilitador

En este punto, creo que es fundamental la figura del facilitador: aquella persona del ámbito profesional jurídico o psicológico que pueda acompañar a la víctima en todo el proceso, al margen de los profesionales encargados de su representación y defensa en el proceso juridicial. Que sea el punto de apoyo de la víctima en el largo camino que supone afrontar un proceso judicial y ante la falta de entendimiento de las vicisitudes de éste por parte de la víctima.

En todo caso, reitero lo dicho: no quiero estadísticas, ningún ser humano merece ser un número más y menos en situación tan graves. Quiero medios efectivos y eficaces que nos permitan acabar con la lacra que supone la violencia de género.

#Ni una más #Ni una menos.

Patricia Hernández Bernal

Asesora Jurídica ASAPME Aragón