Ante la aplicación del Real Decreto que limita la atención sanitaria a los extranjeros en situación irregular en España, a partir del pasado 1 de septiembre, ponemos en conocimiento de los usuarios de esta web parte de la información difundida por el Servicio Aragonés de Salud.

El Salud ha afirmado que garantizará la asistencia sanitaria en los casos que afecten a la salud pública (enfermedades de declaración obligatoria recomendadas por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad) y en los trastornos mentales graves. No obstante, en estos casos, salvo que se haya suscrito un convenio de carácter especial, a los no asegurados se les pasará posteriormente la factura por la atención recibida. En el caso de que no puedan pagarla, la factura se remitirá a su país de origen, según los convenios bilaterales de Seguridad Social suscritos por España con otros países.

La medicación indicada para tratar estas enfermedades no se prescribirá mediante receta oficial, sino que será entregada por el Servicio Aragonés de Salud directamente al paciente.

La asistencia sanitaria gratuita a los no asegurados afectados por enfermedad mental grave sólo se dará en casos de urgencia, hasta el momento del alta médica de urgencia, y a los menores de 18 años.