Ley 6/2002 de 15 de Abril de Salud de Aragón.
Esta Ley señala en su artículo 30 que el Sistema de Salud de Aragón, mediante los recursos y medios que dispone, llevará a cabo la atención, promoción protección y mejora de la salud mental.
Ley de voluntades anticipadas 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Salud de Aragón.
Esta Ley modifica los siguientes apartados de la Ley 6/2002 de 15 de abril de Salud de Aragón:
Apartado 2 b)Elimina el apartado 5 del artículo 15 y se modifica el apartado 6 de ese mismo artículo
Orden de 20 de Abril de 2005, del Departamento de Salud y Consumo por el que se crea la Comisión para Ingresos y Seguimiento de los Pacientes en los Centros Sanitarios de Rehabilitación de Salud Mental del Sistema de Salud de Aragón.
Es objeto de esta Orden la creación de la Comisión para Ingreso y Seguimientos de los pacientes sanitarios de rehabilitación de salud mental del Sistema de salud de Aragón. Esta comisión tiene como objetivo velar por la continuidad calidad asistencial de lo pacientes que ingresen o se encuentran en Unidades Rehabilitadota, Unidades Residenciales y Centros de Rehabilitación Psicosocial Comunitarios (CRPS).
Orden del 27/06/2008 del departamento de salud y consumo por la que se regula en el sistema de salud de Aragón, el funcionamiento de la comisión para ingresos y seguimiento de pacientes en centros sanitarios de rehabilitación de salud mental y comunidades terapéuticas de deshabituación.
Esta Orden regula la organización y funcionamiento de la Comisión para Ingresos y Seguimiento de Pacientes en Centros Sanitarios de rehabilitación de Salud Mental y Comunidades Terapéuticas de Deshabituación.