Derecho de Asociación
Constitución española de 6 de diciembre de 1978, (artículo 22). Artículo 22. Derecho de Asociación: Se reconoce el derecho de asociación. 2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales. 3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. [...]